Pago de impuesto por flete terrestre

El pago del impuesto por flete terrestre es una obligación que deben cumplir todas las personas naturales y jurídicas que sean propietarias o poseedoras de vehículos de motor o tracción animal destinados al transporte terrestre en el territorio nacional. En este artículo, te brindaremos información detallada sobre cómo se calcula este impuesto, cuándo y cómo se debe pagar, y otras consideraciones importantes.

Índice

¿Quiénes están obligados a pagar el impuesto por flete terrestre?

Todas las personas naturales y jurídicas, cubanas y extranjeras, que sean propietarias o poseedoras de vehículos de motor o tracción animal destinados al transporte terrestre en el territorio nacional están obligadas a pagar el impuesto por flete terrestre. Esto incluye a residentes permanentes en el territorio nacional, entidades estatales, sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano, sujetos que operan en el país al amparo de la Ley de Inversión Extranjera, usuarios y concesionarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel, cooperativas agropecuarias y no agropecuarias, organizaciones y asociaciones.

¿Cómo se calcula el impuesto por flete terrestre?

El impuesto por flete terrestre se calcula en base a la clasificación de los vehículos y su uso. Los vehículos de motor se dividen en tres clases: Clase a para los destinados al transporte de pasajeros, Clase b para los dedicados al transporte de carga y Clase c para los utilizados en servicios especiales como humanitarios, ambulancias y funerarios. Los vehículos de tracción animal también se dividen en dos clases: Clase a para los utilizados en el transporte de pasajeros y Clase b para los utilizados en el transporte de carga.

Las cuantías a pagar por los vehículos varían según el grupo al cual pertenezca el contribuyente y la clasificación del vehículo. Puedes consultar la tabla de cuantías a pagar en el Anexo Único del Decreto Ley 21 de 2020, que modifica el Anexo 2 de la Ley 113 del Sistema Tributario.

¿Cuándo y cómo se debe pagar el impuesto por flete terrestre?

El plazo para el pago del impuesto por flete terrestre se extiende desde el 1ro de enero hasta el 30 de septiembre. Sin embargo, existe una bonificación por pronto pago para los contribuyentes que paguen la chapa en o antes del 1ro de marzo, quienes pueden descontarse el 20% del impuesto a liquidar.

El pago del impuesto por flete terrestre se realiza mediante los canales electrónicos de pago como Transfermóvil, la Telebanca, cajeros automáticos o las sucursales bancarias. Para realizar el pago, debes presentar el RC-04 A vector fiscal de persona natural en formato impreso o digital, o el comprobante de pago del año anterior.

Si vas a realizar el pago mediante Transfermóvil, se recomienda utilizar la opción del vector fiscal, la cual está disponible para personas naturales inscritas en el Registro de Contribuyentes. El párrafo o código del tributo es el 071062Si no estás inscrito, puedes utilizar la opción del pago por NIT o carnet identidad.

Es importante destacar que los propietarios y poseedores de vehículos están obligados a inscribirse en la ONAT del municipio donde residen según el carnet de identidad. El incumplimiento de este deber formal puede ser sancionado con multas, según lo dispuesto en la Ley No.113 del Sistema Tributario.

¿Qué sucede si no se paga el impuesto por flete terrestre?

Si el contribuyente no ha pagado el impuesto por flete terrestre en años anteriores, debe dirigirse a la ONAT del municipio donde está inscrito para determinar la deuda tributaria. Esta deuda incluye el principal (el impuesto a pagar), el recargo por mora y la multa establecidos en la Ley No.113 y el Decreto No 308 Reglamento de las Normas Generales y de los Procedimientos Tributarios.

El recargo por mora no constituye una sanción, sino una indemnización que el Estado exige por no contar con ese dinero en la fecha planificada. El recargo se aplica de la siguiente manera: un 2% del principal si el pago se realiza dentro de los 30 días hábiles posteriores a la fecha establecida, un 5% si se liquida después de los 30 y dentro de los 60 días hábiles posteriores al término legalmente dispuesto, y un 0,1% por cada día de demora después de esos 60 días, pudiendo alcanzar hasta el 30% del principal.

Consultas habituales sobre el pago del impuesto por flete terrestre

  • ¿Qué sucede si no estoy inscrito en el Registro de Contribuyentes?

    Si no estás inscrito en el Registro de Contribuyentes, puedes utilizar la opción del pago por NIT o carnet identidad para realizar el pago del impuesto por flete terrestre.

  • ¿Cómo se determina la clasificación de un vehículo?

    La clasificación de un vehículo se determina según sus características y el uso que se le da. Puedes consultar la clasificación en el Anexo Único del Decreto Ley 21 de 2020, que modifica el Anexo 2 de la Ley 113 del Sistema Tributario.

  • ¿Qué sucede si no pago el impuesto por flete terrestre?

    Si no pagas el impuesto por flete terrestre, puedes ser sujeto a multas y recargos por mora. Es importante cumplir con esta obligación tributaria para evitar sanciones.

El pago del impuesto por flete terrestre es una obligación que deben cumplir todas las personas naturales y jurídicas que sean propietarias o poseedoras de vehículos de motor o tracción animal destinados al transporte terrestre en el territorio nacional. Es importante conocer la clasificación de los vehículos, cómo se calcula el impuesto y cuándo y cómo se debe realizar el pago para evitar sanciones y cumplir con las disposiciones legales.

Si quieres conocer otros artículos parecidos a Pago de impuesto por flete terrestre puedes visitar la categoría Mudanzas.

Subir